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CARTA ABIERTA AL SEÑOR GOBERNADOR DEL ATLÁNTICO



CARTA ABIERTA AL SEÑOR GOBERNADOR DEL ATLÁNTICO

Asunto: Seguridad para todos, no solo para unos pocos

Sabanalarga, Atlántico, 15 de julio de 2025

Señor

Eduardo Verano De la Rosa

Gobernador del Departamento del Atlántico

Barranquilla - Atlántico

Respetado señor Gobernador:

Reciba un cordial saludo.

Me dirijo a usted en mi calidad de ciudadano, atlanticense y sabanalarguero preocupado, para expresarle el sentir de miles de habitantes del Departamento del Atlántico, quienes sufrimos diariamente el impacto de la creciente inseguridad, violencia, miedo e impunidad que se ha apoderado de nuestras calles, barrios y corregimientos.

Nos duele ver cómo nuestros municipios, especialmente Sabanalarga, se convierten en escenarios cada vez más peligrosos para vivir, trabajar, estudiar y criar a nuestros hijos. Atracos, extorsiones, homicidios, riñas, amenazas y el crecimiento de economías ilegales no son hechos aislados, son síntomas de un vacío de Estado y de una alarmante ausencia de liderazgo estratégico en materia de seguridad ciudadana.

¿Dónde está el liderazgo del Gobierno Departamental?

Aunque la seguridad es competencia primaria del nivel nacional y municipal, el departamento tiene un deber constitucional y legal de coordinación, apoyo y planificación estratégica, conforme a los artículos 298 y 305 de la Constitución Política. Sin embargo, desde el Gobierno Departamental no vemos acciones contundentes, estructurales ni sostenidas para enfrentar esta crisis.

Por ello, respetuosamente, le formulo las siguientes preguntas:

1. ¿Qué ha pasado con el Comando Departamental de Policía del Atlántico?

Hace años se anuncia esta importante obra que reforzaría la presencia institucional de la Policía Nacional en el departamento. Sin embargo, no se ha entregado ni se conocen avances verificables. ¿En qué estado está esta obra? ¿Cuándo entrará en funcionamiento? ¿Quién supervisa su ejecución?

2. ¿Qué inversiones se han realizado en seguridad para los municipios?

¿Cuánto ha invertido la Gobernación del Atlántico en infraestructura, dotación, movilidad, tecnología, inteligencia o estrategias preventivas para mejorar la seguridad en los municipios no capitales? ¿Cómo se priorizan estos recursos?

3. ¿Qué pasó con la Tasa Departamental de Seguridad?

La Tasa de Seguridad, creada mediante la Ley 1421 de 2010 y regulada en múltiples ordenanzas locales, parecía haber sido diseñada para beneficiar a todo el departamento. Sin embargo, se ha centralizado en Barranquilla, dejando a los demás municipios sin una fuente estratégica de financiación. ¿Se tiene previsto replantear su alcance y distribución?

Propuestas para una política de seguridad con justicia territorial

Frente a esta realidad, me permito presentarle 10 recomendaciones concretas, con fundamento normativo, para fortalecer la seguridad y convivencia ciudadana en el Departamento del Atlántico:

1. Formular e implementar una Política Pública Departamental de Seguridad y Convivencia Ciudadana

En cumplimiento del artículo 91 de la Ley 1801 de 2016 (Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana) y del CONPES 3991 de 2020, el departamento debe liderar la formulación de una política articulada, con enfoque territorial y participativo.

2. Fortalecer el Consejo Departamental de Seguridad y Convivencia

Según el artículo 305 numeral 2 de la Constitución Política, el gobernador debe preservar el orden público en su jurisdicción. El Consejo Departamental de Seguridad es el principal órgano de coordinación y planificación en la materia (Decreto 2615 de 1991 y Directiva 015 de 2020 del MinInterior).

3. Asignar recursos propios del presupuesto departamental para seguridad

La Ley 152 de 1994 (Plan de Desarrollo) y la Ley 617 de 2000 obligan a las entidades territoriales a orientar recursos a los sectores estratégicos, entre ellos la seguridad. No puede seguir siendo un tema exclusivamente financiado por la Nación o los municipios.

4. Diseñar un Fondo Departamental de Seguridad con recursos descentralizados

En desarrollo de lo previsto por la Ley 1801 de 2016, se sugiere crear un Fondo que asegure recursos permanentes y descentralizados a los municipios, priorizando los de mayor vulnerabilidad. Este fondo puede estar amparado por una ordenanza departamental.

5. Reactivar y modernizar la red de cámaras de vigilancia e inteligencia artificial

En virtud del artículo 233 de la Ley 1801 de 2016, los entes territoriales pueden establecer sistemas de videovigilancia como herramientas para prevenir el delito. Se recomienda conveniar con MinInterior y MinTIC el acceso a tecnologías avanzadas de análisis de datos.

6. Financiar y dotar a los municipios con medios de movilidad para la Policía y organismos de control

El artículo 315 de la Constitución y la Ley 1801 facultan a las entidades territoriales para apoyar a la Fuerza Pública en su equipamiento logístico. En muchos municipios del Atlántico, los policías no cuentan ni con motocicletas para patrullar.

7. Impulsar Escuelas de Formación en Seguridad Ciudadana, Cultura de Legalidad y Resolución Pacífica de Conflictos

De acuerdo con los artículos 41 y 67 de la Constitución Política, es deber del Estado formar en principios democráticos. Estas escuelas pueden desarrollarse en alianza con universidades y ONG, promoviendo una cultura preventiva y no punitiva.

8. Revisar y redistribuir equitativamente la Tasa Departamental de Seguridad

Conforme al principio de equidad territorial (art. 288 C.P.) y el artículo 29 de la Ley 1454 de 2011 (Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial), urge rediseñar el modelo de distribución de esta tasa para garantizar justicia presupuestal entre los municipios.

9. Crear observatorios municipales y departamentales de seguridad y criminalidad

En desarrollo del Plan Nacional de Seguridad y Convivencia, el DNP y MinInterior han recomendado la creación de observatorios locales que recopilen y analicen información para la toma de decisiones públicas (Decreto 415 de 2016 y CONPES 3991 de 2020).

10. Diseñar una estrategia integral contra el reclutamiento de jóvenes por economías ilegales

Amparado en el artículo 45 de la Constitución y la Ley 1098 de 2006 (Código de Infancia y Adolescencia), el departamento debe coordinar con ICBF, alcaldías y Policía estrategias de prevención para jóvenes en riesgo de ser instrumentalizados por el crimen organizado.

Señor Gobernador, la seguridad no es solo ausencia de violencia, es también presencia de Estado, justicia territorial, inversión y voluntad política. Usted tiene la oportunidad y la responsabilidad histórica de no dejar solos a los municipios del Atlántico.

Le pedimos, con la dignidad que nos asiste como ciudadanos, que actúe. No con discursos ni con pañitos de agua tibia, sino con estrategias estructurales, sostenibles y participativas que salven vidas y restauren la confianza en las instituciones.

Con el mayor respeto, pero con la voz firme de quien ama su tierra,


Atentamente,

Jenner G. Mejía Pérez

C.C. 8648466 de Sabanalarga

Correo: jennermejiaperez@gmail.com

Cel: 300 510 3736